domingo, 13 de julio de 2025

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Regulaciones de las leyes de patrimonio cultural


El 27 de febrero del año 1844 fue declarada la independencia de la parte este de la isla Hispaniola o Quisqueya, siendo bautizada con el nombre de Republica Dominicana.  Luego de este importante momento, este país ha sido testigo de migraciones, avances científicos, catástrofes, y otros eventos propios de la vida humana.
En el discurrir del tiempo, los seres humanos van dejando huellas de los eventos que marcan su vida individual y social.  El patrimonio cultural está formado por el conjunto de bienes materiales (edificios, monumentos, pirámides, documentos, etc.) e inmateriales (manifestaciones artísticas, tradiciones, arte popular, artesanías, entre otras) que una sociedad hereda de sus antepasados y que considera valiosos para su identidad y memoria colectiva.
La Ley 318 sobre Patrimonio Cultural de la Nación, promulgada por el presidente Dr. Joaquín Balaguer el 14 de junio del 1968, en su primer artículo define las subdivisiones de los patrimonios culturales de la siguiente manera:
1. Patrimonio monumental
2. Patrimonio artístico
3. Patrimonio documental
4. Patrimonio folklórico
En el art. 2 establece, el patrimonio monumental está formado por ruinas y enterratorios de la arqueología precolombina (antes de Colón); edificios coloniales, conjuntos urbanos y otras construcciones señaladas de interés histórico o artístico. En lo correspondiente a aquellos bienes pertenecientes a particulares, que pudiesen ser trasladados, esta ley establece (art. 10) la imposibilidad legal de ser movilizados antojadizamente, siendo necesario para ello contar con autorización de las instituciones correspondientes.
Siendo que dentro de este patrimonio pueden aparecer bienes muebles e inmuebles de propiedad privada, esta ley establece regulaciones en el manejo de estos. Entre las regulaciones establecidas en esta ley está la obligatoriedad de los propietarios de informar, a los organismos correspondientes, los traspasos que se realicen de estos bienes dentro de un plazo específico.
Los bienes del patrimonio cultural de la nación (art. 11) no pueden ser destruidos, dañados o alterados de forma inconsulta por parte de sus propietarios o poseedores.
Las diversas leyes relacionadas al patrimonio cultural dominicano establecen, como instituciones claves para esta custodia y salvaguarda, el Ministerio de Cultura, Dirección Nacional de Patrimonio Monumental, Archivo General de la Nación, Comisión Nacional Dominicana para la UNESCO y, el organismo más cercano a la realidad de las comunidades, las municipalidades, especialmente en lo que respecta al patrimonio inmueble.
Otra unidad considerada por estas leyes es la sociedad civil, ya que la participación ciudadana y el compromiso de las comunidades locales son fundamentales para la preservación del patrimonio cultural.
Si usted ha llegado hasta aquí, le doy las gracias y espero haber llenado sus expectativas.
En este blog, donde emito mi opinión sobre cualquier tema, pretendo lograr ser objetivo y contribuir desarrollo de la sociedad transmitiendo conocimiento y/o presentar, posiblemente, una forma alterna de pensar.
Gracias.

 

martes, 20 de abril de 2021

La hija del general y el agente de la DIGESETT.

Porqué cancelaron la empleada bancaria?

Porqué un banco cancela empleada por discutir y/o irrespetar a un agente de tránsito?

Que falta cometió si estaba fuera de su área de trabajo?

Puede ser despedida sin prestaciones?

El Banco de Ahorros y Crédito del  Caribe -BACC- anunció mediante su cuenta de Instagram la cancelación de una empleada que discutió y desafió la autoridad de un agente de la DIGESETT mientras era fiscalizada, de acuerdo al agente, por haber violado la luz roja del semáforo.

Este vídeo se hizo viral en las redes sociales y llegó hasta la gerencia de esa institución bancaria.  Ésta comunicó  de forma automática, la empleada que aparecía en el vídeo había Sido desvinculada de la entidad.

Siendo que el BACC fue fundado en el año 1984 y es uno de los primeros bancos de ahorros y crédito establecidos en el país, acorde a las regulaciones monetarias de la República Dominicana, ésta institución financiera tiene claramente definidas su Misión, Visión y Valores.

La entidad financiera canceló a la jóven “hija del general” porque ésta puso en juego la imagen de la entidad.  Si ese evento hubiese sucedido en ese mismo momento y lugar, pero ella vistiendo otra blusa, no habría pasado de ser un evento más de los que vemos frecuentemente con ciudadanos engreídos que no entienden que, independientemente de si tienen la razón o no, deben respetar a la autoridad.

El numeral 19 del art. 88 de la ley 16-92, que define las razones para un despido, reza de la siguiente manera “19. Por falta de dedicación a las labores para las cuales ha sido Contratado o por cualquier otra falta grave a las obligaciones que el contrato imponga al trabajador”.

Que parte del contrato pudo haber violado la empleada despedida?

Supongo que en el contrato se establece el respeto y cumplimiento de las reglas y procedimientos establecidos internamente.  Dentro de estas reglas, los valores de la empresa están definidos de la siguiente manera,

Valores:

  • Eficiencia
  • Confianza
  • Calidad del servicio
  • Compromiso
  • Respeto

Creo que esa joven iba pasando todas las pruebas pero no entendió que, aunque fuera hija de un general, debía respetar a la autoridad.  Tampoco entendió que el uniforme de una institución o empresa nos compromete a comportarnos acorde a los principios de éstas.

Aquí el video

viernes, 27 de noviembre de 2020

Para hablar mentiras y comer pescado, hay que tener mucho cuidado.

Se hizo viral en las redes, sobretodo argentinas y entre fanáticos del fútbol, una fotografía tomada en una funeraria argentina a tres personas que preparaban el cadáver de Diego Armando Maradona.

Estas personas aparecen con la tapa del ataúd levantada y los protagonistas en aparente pose.

Dónde está la posible mentira o error del dueño de la funeraria?

Este señor ha dicho que esas personas habían perdido su trabajo en la funeraria y, más adelante, dice que ellos no son empleados de la funeraria, sino, personas contratadas para colaborar en el sepelio.

Así vemos cada día personas en los medios de comunicación y las redes sociales.  Eso puede suceder cuando lo que se dice y lo que se hace tienen escasos puntos de coincidencias.

Hasta luego.